Mons. Reig Pla: los divorciados vueltos a casar no pueden comulgar ni recibir la absolución

(InfoCatólica) Recogiendo los frutos del Congreso «La familia cristiana y la escuela católica, minorías creativas para la renovación de la sociedad», celebrado en el Palacio Arzobispal de Alcalá de Henares los días 10, 11 y 12 del presente mes de marzo de 2017, y atendiendo los ruegos de los sacerdotes, Mons. Juan Antonio Reig Pla, obispo de la diócesis Complutense, ha decidido publicar unos criterios y disposiciones para acompañar a los bautizados que se han divorciado y viven en otra unión. En continuidad con lo expresado por el Papa Francisco en su Exhortación Amoris laetitia, Mons. Juan Antonio Reig anima a todos los hermanos divorciados en «situación irregular» a acercarse a la comunidad cristiana para participar de su vida y acompañamiento.

Como ayuda a los sacerdotes y familias se ofrece el Centro diocesano de Orientación Familiar Regina Familiae que, en coordinación con la Vicaría Judicial, se constituyen junto al obispo como órganos de consulta para las situaciones irregulares y para cuantos precisen sus servicios.

ACOMPAÑAR A LOS BAUTIZADOS QUE SE HAN DIVORCIADO Y VIVEN EN OTRA UNIÓN

CRITERIOS Y DISPOSICIONES PARA LA DIÓCESIS DE ALCALÁ DE HENARES PROPUESTAS POR EL OBISPO DIOCESANO JUAN ANTONIO REIG PLA

Un punto particular de la Pastoral familiar que ha sido ampliamente debatido es el del acceso a la Eucaristía de los divorciados que se encuentran en una nueva unión. Es un caso a tener en cuenta dentro del conjunto de las «situaciones irregulares» al que hace mención la Exhortación apostólica del Papa Francisco Amoris laetitia. En ella se dice expresamente, siguiendo al Sínodo, que se ha de proceder siempre «de acuerdo a la enseñanza de la Iglesia y las orientaciones del Obispo»[1]. Por tanto, corresponde al ministerio pastoral del Obispo aclarar el modo de acompañar a las personas en esa situación. Como obispo de la Diócesis de Alcalá de Henares asumo esta responsabilidad y hago públicas las siguientes disposiciones:

a) como criterio para desarrollar una nueva Pastoral familiar a partir de la Exhortación Amoris laetitia del Papa Francisco recomiendo seguir las indicaciones contenidas en el Vademécum «Acompañar, discernir, integrar»[2] que acaba de ser presentado en el Congreso «La familia cristiana y la escuela católica, minorías creativas para la renovación de la sociedad», que se ha celebrado en el Palacio Arzobispal de Alcalá de Henares los días 10,11 y 12 de marzo de 2017.

b) La Iglesia en sus comienzos, al comprobar que muchos pedían el sacramento del Bautismo desde una vida muy apartada de las exigencias cristianas, propuso un itinerario catecumenal que incluía un cambio importante en el modo de vivir que debía comprobarse para poder acceder a los sacramentos. Lo hizo con la convicción de que el acercamiento a la comunidad cristiana y a su modo de vida era el apoyo necesario para que la persona pudiera responder a la gracia de Dios y convertirse a la vida propia de un cristiano. Junto a ello se desarrollaron también itinerarios penitenciales que permitían acoger de nuevo plenamente en la comunidad cristiana a los bautizados que, habiéndose alejado de la vida según el Evangelio, se arrepentían de sus pecados.

En este sentido y como principio para evitar cualquier gradualidad de la ley que rechazó el Sínodo de obispos y el Papa Francisco descalifica en su Exhortación apostólica[3], animo a todos los hermanos divorciados en situación irregular a acercarse a la comunidad cristiana para participar de su vida y acompañamiento. Podrán iniciar así un camino que, paso a paso, les acerque más a Cristo, profundizando en el Evangelio del matrimonio, instituido por Dios en el principio como unión indisoluble de hombre y mujer y transformado por Cristo en signo vivo y eficaz de su amor a la Iglesia. La meta de este camino será que estos bautizados puedan vivir de acuerdo con las palabras de Jesús. Solo cuando estén dispuestos a dar este paso podrán recibir la absolución sacramental y la santa Eucaristía.

Siguen vigentes, por tanto, las condiciones objetivas exigidas por el Magisterio de la Iglesia para poder acceder a la recepción de los sacramentos. Estas condiciones objetivas fueron expresadas por el Papa San Juan Pablo II en la Exhortación Familiaris consortio 84, ratificadas por Benedicto XVI (Sacramentum charitatis, 29) y contenidas en el Catecismo de la Iglesia Católica, 1650. Asimismo, el Pontificio Consejo para los Textos Legislativos publicó la Declaración Sobre la admisibilidad a la Sagrada Comunión de los divorciados que se han vuelto a casar (24-VI-2000). Siguiendo estos principios hemos de recibir el magisterio del Papa Francisco expuesto en el capítulo VIII de la Exhortación Amoris laetitia. Ésta se sitúa en continuidad con el magisterio precedente (cf. Amoris Laetitia, capítulo III). Su propuesta consiste en impulsar un acercamiento mayor a todas las personas que viven un «amor herido y extraviado» (cf. AL 291), y en promover itinerarios que permitan a quienes se hallan en situaciones irregulares el regreso a una vida conforme a las palabras de Jesús. El discernimiento que el Papa nos pide se refiere al camino que estamos llamados a recorrer, y no a la meta que debemos alcanzar. Pues la Iglesia solo tiene una meta que proponer al hombre: el modo de vida que Jesús nos enseñó y al que nos introduce en los sacramentos.

Por eso hay que tener en cuenta, en concreto, que la Iglesia, fundándose en la Sagrada Escritura y la Tradición, «reafirma su praxis de no admitir a la comunión eucarística a los divorciados que se casan otra vez. Son ellos los que no pueden ser admitidos, dado que su estado y situación de vida contradicen objetivamente la unión de amor entre Cristo y la Iglesia, significada y actualizada en la Eucaristía. […] La reconciliación en el sacramento de la Penitencia -que les abriría el camino al sacramento eucarístico- puede darse únicamente a los que, arrepentidos de haber violado el signo de la Alianza y de la fidelidad a Cristo, están sinceramente dispuestos a una forma de vida que no contradiga la indisolubilidad del matrimonio. Esto lleva consigo concretamente que cuando el hombre y la mujer, por motivos serios, -como, por ejemplo, la educación de los hijos- no pueden cumplir la obligación de la separación, ‘asumen el compromiso de vivir en plena continencia, o sea de abstenerse de los actos propios de los esposos’»[4]. Ese es el requisito objetivo que no admite excepciones y cuyo cumplimiento debe ser objeto de atento discernimiento en el fuero interno; ningún sacerdote se puede considerar con la autoridad de dispensar esta exigencia[5]. Como ayuda a los sacerdotes y familias se ofrece el Centro diocesano de Orientación Familiar Regina Familiae que, en coordinación con la Vicaría Judicial, se constituyen junto al obispo como órganos de consulta para las situaciones irregulares y para cuantos precisen sus servicios.

La Exhortación del Papa Francisco anima, como ya lo había afirmado Familiaris consortio 84[6], a abrir caminos de acompañamiento que ayuden a estas personas a dar pasos para ser capaces de vivir la verdad sacramental de su situación « ‘y ayudarles a alcanzar la plenitud del designio que Dios tiene para ellos’, siempre posible con la fuerza del Espíritu Santo»[7]. Es el modo concreto de vivir la misericordia hacia estos hermanos, ofreciéndoles un Amor que cura sus heridas y les permite vivir la plenitud de la comunión con Dios y con la Iglesia.

En Alcalá de Henares, 20 de marzo de 2017

Solemnidad de San José, esposo de la Bienaventurada Virgen María

+ Juan Antonio Reig Pla,

Obispo de Alcalá de Henares

www.obispadoalcala.org

[1] Francisco, Ex.Ap. Amoris laetitia, n. 300. Es una cita de: Relatio Synodi 2015, n. 85.

[2] AA.VV., Acompañar, discernir, integrar, Vademécum para una nueva pastoral familiar, Ed. Monte Carmelo, Col. Didaskalos, 2017.

[3] Francisco, Ex.Ap. Amoris laetitia, n. 300.

[4] Juan Pablo II, Ex.Ap. Familiaris consortio, n. 84, que cita: Id., Homilía para la clausura del VI Sínodo de los Obispos, 7 (25-X-1980).

[5] Cfr. Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, Declaración Sobre la admisibilidad a la Sagrada Comunión de los divorciados que se han vuelto a casar (24-VI-2000).

[6] «En unión con el Sínodo exhorto vivamente a los pastores y a toda la comunidad de los fieles para que ayuden a los divorciados, procurando con solicita caridad que no se consideren separados de la Iglesia, pudiendo y aun debiendo, en cuanto bautizados, participar en su vida. Se les exhorte a escuchar la Palabra de Dios, a frecuentar el Sacrificio de la Misa, a perseverar en la oración, a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad a favor de la justicia, a educar a los hijos en la fe cristiana, a cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios. La Iglesia rece por ello, los anime, se presente como madre misericordiosa y así los sostenga en la fe y en la esperanza».

[7] Francisco, Ex.Ap. Amoris laetitia, n. 297. La primera parte es una cita de: Relatio Synodi 2014, n. 25.

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