Mons. Escudero: «Siguen vigentes las condiciones exigidas para acceder a la recepción de los sacramentos»

(InfoCatólica) Mons. Escudero, tras recordar la necesidad de acoger y acompañar a quienes están en una situación contraria a la ley de Dios en relación a su vida sentimental, pasa a exponer la doctrina de la Iglesia sobre el acceso a la comunión eucarística:

¿Pueden los católicos separados o divorciados que se han vuelto a casar por lo civil y los católicos que son solo convivientes recibir los sacramentos?

Siguen vigentes las condiciones objetivas exigidas por el Magisterio de la Iglesia para poder acceder a la recepción de los sacramentos. Estas condiciones objetivas fueron expresadas por el Papa San Juan Pablo II en la Exhortación Familiaris consortio 84, ratificadas por Benedicto XVI (Sacramentum charitatis, 29) y contenidas en el Catecismo de la Iglesia Católica, 1650. Asimismo, el Pontificio Consejo para los Textos Legislativos publicó la Declaración Sobre la admisibilidad a la Sagrada Comunión de los divorciados que se han vuelto a casar (24-VI-2000). Así como la declaración del cardenal Müller de 2016, según el cual las reglas de Familiaris Consortio 84 y Sacramentum Caritatis 29 son todavía válidas y aplicables en todos los casos. Siguiendo estos principios hemos de recibir el magisterio del Papa Francisco expuesto en el capítulo VIII de la Exhortación Amoris laetitia. Ésta se sitúa en continuidad con el magisterio precedente (cf. Amoris Laetitia, capítulo III).

Los católicos separados o divorciados que se han vuelto a casar por lo civil y los católicos que son solo convivientes se encuentran en una situación que contradice objetivamente a la ley de Dios. La Iglesia requiere de estas personas que se abstengan de intimidad sexual. Esto se aplica también a los casos en que ellos deban vivir, por el bien de sus hijos, bajo el mismo techo. Vivir como hermano y hermana es necesario para que reciban la reconciliación en el sacramento de la penitencia, que abre el camino a la eucaristía. Se anima a estas personas a acercarse al sacramento de la penitencia regularmente, pudiendo recurrir a la gran misericordia de Dios en este sacramento si fracasan en la castidad.

Incluso para aquellos que, por el bien de los hijos, viven bajo el mismo techo en casta continencia y han recibido la absolución, por lo que son libres del pecado personal, permanece el hecho objetivo de que su estado público y condición de vida en la nueva relación son contrarios a la enseñanza de Cristo contra el divorcio. Por lo tanto y de manera concreta: cuando los pastores den la comunión a personas divorciadas que se han vuelto a casar y a parejas convivientes que intentan vivir de manera casta, lo deben hacer de un modo tan discreto que eviten dar escándalo o que implique que la enseñanza de Cristo puede ser obviada. También hay que tener cuidado de que parezca que se apoya el divorcio, el nuevo matrimonio civil o la sola convivencia.

Los católicos separados o divorciados que se han vuelto a casar y los católicos solo convivientes están invitados a participar en la celebración de la Misa, en la escucha de la Palabra de Dios, en la Adoración eucarística, en la vida comunitaria de una parroquia o de un movimiento eclesial, en reuniones de oración o de formación y a tomar parte en las actividades caritativas de la parroquia, junto con el acompañamiento espiritual y discernimiento del pastor. Sus hijos, ya sean del matrimonio original como de la relación actual, son parte integrante de la vida de la comunidad católica y deben recibir los sacramentos y ser educados en la fe.

Las católicos separados o divorciadas que se han vuelto a casar y los católicos que son solo convivientes no deben tener puestos de responsabilidad ni en la Prelatura ni en la parroquia: En el consejo parroquial; ni como animadores; y tampoco deben llevar a cabo funciones litúrgicas como lector, ministro extraordinario de la comunión o ejercer como padrinos en los sacramentos; ni han de ejercer el ministerio de la enseñanza y de la catequesis.

Esto es difícil para muchos, pero cualquier cosa inferior a esto sería engañar a las personas sobre la naturaleza de la Eucaristía y la Iglesia. No debe haber contraposición entre doctrina y pastoral, entre verdad y caridad. La gracia de Jesucristo es una real y poderosa semilla de cambio en un corazón creyente y, por su poder de sanación interior, puede rehacerlo a una vida de santidad. Los pastores y todos los que trabajan al servicio de la Iglesia deberemos promover incansablemente la esperanza en este misterio salvífico.

Texto completo del mensaje pastoral del obispo

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