Tribunal falla a favor de dueño de tienda demandado por negarse a imprimir camisas del orgullo gay

(InfoCatólica) En un reciente y controvertido caso donde estaba en juego la libertad religiosa de un propietario de Kentucky, Estados Unidos, un  juzgado de apelaciones dictaminó que dicho propietario puede negarse a imprimir franelas del orgullo gay y a la promoción de los mal llamados «derechos» de los homosexuales cuando estuviesen en conflicto con sus creencias religiosas.

Lo que hizo la diferencia crucial en este caso fue la naturaleza expresiva del servicio que el dueño de la tienda negó: las palabras que querían colocar en la franela.

En la votación un panel de tres jueces concluyó que la tienda, «Hands on Originals», no podía verse obligada a imprimir un mensaje con el que el propietario estaba en desacuerdo.

Contexto de la disputa

La disputa comenzó en 2012 cuando la organización «Gay and Lesbian Services» de Kentucky pidió a «Hands on Originals» fabricar franelas con el nombre y el logotipo de un festival de «orgullo gay».

Blaine Adamson, el propietario de la tienda se negó porque violaba la política de su negocio de no imprimir mensajes que avalan posiciones en conflicto con sus convicciones al mismo tiempo que les informó de otras empresas que podían atender su pedido por el mismo precio.

El señor Adamson también ofreció ejemplos de otras órdenes que rechazó, como franelas con la palabra «perras» o una representación blasfema de Jesús vestido como un pirata

Aunque la organización «Gay and Lesbian Services» consiguió hacer sus camisetas gratis con otro proveedor, emprendieron un boicot contra Adamson y le demandaron ante la Comisión de Derechos Humanos del Condado de Lexington Fayette, que en 2014 ordenó al Sr. Adamson que imprimiera las camisas. La comisión también ordenó a Adamson a asistir a un curso de «entrenamiento en diversidad».

A su negativa el grupo activista LGTBI presentó una queja ante la Comisión de Derechos Humanos del condado de Lexington Fayette, que en 2014 ordenó al Sr. Adamson que imprimiera las camisas, al cual apeló y del cual ahora sale victorioso.

Casos similares

En 2015, un tribunal de apelaciones de Colorado falló en contra de un Christian Baker por negarse a diseñar un pastel para una boda gay. El propietario, Masterpiece Cakeshop, ha pedido a la Corte Suprema de los Estados Unidos que escuche el caso. El alto tribunal no ha decidido si oírlo.

Los propietarios de negocios en esos casos habían argumentado también que la prestación de sus servicios expresaba un mensaje.

El mismo año intentaron multar a un matrimonio de Oregón con 135.000 dólares por negarse a preparar una torta nupcial para dos lesbianas, las cuales demandaron acusándola de haberles causado 178 síntomas (88 a una, 90 a la otra) perjudiciales para su salud física y mental, entre los que se incluían «aumento de la presión arterial», «dificultad para conciliar el sueño», «migrañas» e incluso «vuelta al hábito de fumar».

El sentido común de esta sentencia expone la lógica defectuosa utilizada por los jueces en los otros casos. También muestra el peligro extremo al que está expuesta la Primera Enmienda. La dictadura LGTBI ha conseguido elevar la noción de «anti-discriminación» a un nivel donde la libertad de expresión y conciencia son vulnerados y reprimidos, y donde se pueden obtener jugosos beneficios económicos a costa de demandar personas que vivan de acuerdo a su fe. 

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9:57:00 a.m.

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