CUANDO EL ESTADO SE
NIEGA A RECONOCER QUE LA IDEOLOGIA DE GENERO VIOLA LA LAICIDAD ESTATAL.
Por Carlos Alvarez
Cozzi
En mi país,
el Uruguay, las autoridades educativas han anunciado que “certificarán a los
centros educativos que formen en perspectiva de género a niños de 0 a 3 años de
edad”
Lo central de lo anunciado expresa que el Instituto Nacional de
las Mujeres (Inmujeres) de Uruguay lanzó un sello que certificará a los centros
educativos que incorporen una perspectiva de género para la formación de niños
de 0 a 3 años, bajo el lema "Cuidando con igualdad".
Así lo explicó a Efe la directora de Inmujeres, Mariella
Mazzotti, quien agregó que el objetivo es que los centros de "cuidado
inicial" revisen sus prácticas y capaciten a los educadores en esta temática.
Se trata de una iniciativa de Inmujeres, en conjunto con el
Ministerio de Educación y Cultura, la Secretaría Nacional de Cuidado, Uruguay
Crece Contigo, el Sistema Integral de Protección a la Infancia y Adolescencia
contra la Violencia y el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU).
Mazzotti explicó que se necesitará "revisar" la forma
en la que a los niños se le enseñan los hábitos, así como el "tipo de
canciones, juegos y cartelería" que se utilizan para educarlos.
Asimismo, aseguró que también será necesario analizar cómo a los
niños, dependiendo de si son varones o niñas, se les asignan determinadas
tareas en los centros educativos.
"Ese tipo de actividades hace que los niños vayan
aprendiendo y forjando una idea de ser mujer o ser varón", agregó la
directora de Inmujeres, al tiempo que pidió inculcar en los más pequeños una
idea "más abierta" sobre el género y sus roles.
Es sin dudas
un hecho muy grave que constituye una violación de la debida laicidad estatal,
por la que tanto bregó José Pedro Varela, reformador de la Escuela Pública, y
sobre lo cual ya hemos escrito y publicado antes que ahora. (http://www.forumlibertas.com/hemeroteca/la-laicidad-incompatible-promocion-ideologia-suya/)
En ese
trabajo comenzábamos diciendo:
“Nadie podrá estar en
contra de la justa instrucción a los educandos y a la sociedad en general, en
cuanto a la igual dignidad entre varón y mujer y a la legítima igualdad de
derechos, lo que es muy distinto a lo arriba expuesto.”
“Ahora bien,
cuando a nivel de la Enseñanza Pública se han introducido temas
político-partidarios o religiosos proselitistas, nadie ha dudado en Uruguay en
calificar esos intentos como de violación de la debida laicidad estatal. Sin
embargo, parece no tenerse el mismo criterio cuando de ideología de género se
trata. ¿Cuál es la razón? Porque el Estado que no sostiene religión o credo
filosófico alguno no debe usar sus aulas en la Enseñanza Pública para enseñar
una ideología como la de género, porque también ello viola y groseramente la
laicidad.”
Citemos además
otra parte de nuestro artículo referido, que hace justamente a la noticia que
el Estado uruguayo acaba de anunciar:
Recordemos qué
establecen las normas constitucionales del Uruguay vigentes vinculadas con este
tema:
“Artículo 40.- La familia es la base de nuestra
sociedad. El Estado velará por su estabilidad moral y material, para la mejor
formación de los hijos dentro de la sociedad.
Artículo 41.- El cuidado y educación de los hijos
para que estos alcancen su plena capacidad corporal, intelectual y social, es
un deber y un derecho de los padres. Quienes tengan a su cargo numerosa prole
tienen derecho a auxilios compensatorios, siempre que los necesiten.
La ley dispondrá las medidas necesarias
para que la infancia y juventud sean protegidas contra el abandono corporal,
intelectual o moral de sus padres o tutores, así como contra la explotación y
el abuso.
Artículo 68.- Queda garantizada la libertad de
enseñanza.
La ley reglamentará la intervención del
Estado al solo objeto de mantener la higiene, la moralidad, la seguridad y el
orden públicos.
Todo padre o tutor tiene derecho a
elegir, para la enseñanza de sus hijos o pupilos, los maestros e instituciones
que desee.”
De manera que resulta claro que el
Estado uruguayo debe respetar y promover la familia. Debe respetar que los
padres determinen que tipo de enseñanza quieren para sus hijos, por ende,
también en lo afectivo-sexual.
Debe
respetar la laicidad consustancial al Estado, absteniéndose de imponer un
credo, una filosofía o una ideología como oficial. De manera tal que,
así como si en las aulas se impusiera una religión o un credo filosófico como
oficiales se estaría violando la laicidad, también ello acontecerá si desde la
Enseñanza se les pretendiera instruir a los niños, niñas y adolescentes que los
sexos no existen, que las diferencias físicas y psíquicas entre varones y
mujeres no existen, que todo es un tema cultural y que por ello lo verdadero es
el género. Con las consecuencias conocidas que se derivan de ello como difundir
las supuestas bondades de la homosexualidad, la bisexualidad, la
transexualidad, y un largo etcétera.
El pretendido argumento que esto es un
tema de derechos humanos, y que el Estado no puede desentenderse, se desmorona
muy rápidamente cuando se advierte que debe afirmarse y defenderse la igualdad
de derechos entre las personas, con independencia de su sexo, como lo establece
la Constitución, promoviendo a la mujer en sus legítimos derechos; pero eso no
supone la necesidad ni mucho menos de tener que adoptar la ideología de género
para la defensa de esa igualdad, porque termina destruyendo a la propia mujer y
sus derechos!!!”
La Constitución Nacional establece en su art. 8 la igualdad ante
la ley, la no discriminación, sólo debiéndose distinguir a los habitantes por
sus talentos y virtudes. Y ello es con independencia de su sexo.
Estamos convencidos que el plan anunciado en la noticia del
comienzo no debe llevarse a cabo por los fundamentos constitucionales que
venimos de invocar.
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