España: Los matrimonios y divorcios podrán realizarse ante un notario


En el caso de divorcio, solo cuando no tengan hijos menores


El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón ha informado de una nueva vía en España para contraer matrimonio -además de la religiosa y la de oficio ante las autoridades locales- y divorciarse: se trata del matrimonio y el divorcio ante notario. En el caso del divorcio, se podrán realizar cuando sea de mutuo acuerdo y siempre y cuando no existan menores en el matrimonio. Todo ello formará parte de la reforma del Código Civil que incluirá la futura Ley de Jurisdicción Voluntaria. Para bodas y divorcios se fijará un arancel de 95 euros. Además se eleva a los 16 años la edad para poder contraer matrimonio.


31/10/13 4:33 PM | Imprimir | Enviar




(EP/InfoCatólica) Gallardón ha explicado que no se trata de una privatización, puesto que se trata de un nuevo servicio público que, al igual que otros, puede ser gratuito o estar sujeto a un precio. En este caso, ha recordado que los 95 euros es un precio inferior al propuesto por algunos ayuntamientos que optan por cobrar estos servicios (puesto que son libres para fijar tasas por matrimonio).


«Con esta medida los registros civiles se verán descongestionados como ya pasó cuando se habilitó a los ayuntamientos y la idea es que no haya diferencia en la calidad del servicio», ha recordado el ministro, quien ha apuntado que también supondrá ventajas como el hecho de que a partir de ahora pueda desplazarse el notario, algo que resultaba imposible para otros funcionarios públicos.


Tres tipos de matrimonios


Hasta ahora, en España existían tres vías para la celebración del matrimonio: uno ante las confesiones religiosas con convenio en España, cuya celebración se inscribía en el registro; otro el proceso civil ante el encargado del registro civil (juez); y otro la celebración ante alcaldes o concejales.


En el caso del divorcio, Ruiz-Gallardón ha reiterado que únicamente podrá hacerse ante notario en los casos en los que no existan menores y exista mutuo acuerdo entre los dos cónyuges, ya que se tratan de casos en los que el convenio regulador no contempla la intervención del fiscal.


El Gobierno también incluirá otra modificación en el Código Civil a través de esta futura ley para elevar de 14 a 16 años la edad legal para contraer matrimonio. Según el ministro, esta iniciativa pretende establecer un criterio homogéneo con la inmensa mayoría de legislaciones en el entorno internacional. «Ha sido un proceso de larga reflexión y es una propuesta en defensa de las menores», ha añadido.



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